Blindamos el patrimonio de tu empresa. Respondemos esquelas inductivas de SUNAT, elaboramos descargos técnicos documentados y optimizamos tus impuestos dentro del marco legal vigente.
SUNAT ha intensificado sus cruces de información digital mediante el SIRE y la facturación electrónica. Nuestro equipo interviene con precisión técnica:
Atención a inconsistencias por cruces de compras y ventas, retenciones no declaradas o gastos de proveedores no habidos. Formulamos el escrito formal fundamentado en la ley tributaria.
Armado de carpetas de fehaciencia de operaciones: contratos, guías de remisión, bancarización y sustento probatorio ante auditores de la Intendencia Regional Arequipa.
Estructuración legal de tus gastos operativos para deducir legítimamente el Impuesto a la Renta de 3ra categoría. Evita pagar de más sin caer en contingencias.
Gestión documentada para la devolución de pagos en exceso o indebidos, retenciones, percepciones acumuladas y saldo a favor del exportador.
Acogimiento al Art. 36 del Código Tributario para refinanciar deudas tributarias en cuotas cómodas, evitando embargos de cuentas bancarias y cobranza coactiva.
Auditamos tus últimos 12 a 24 meses contables para detectar inconsistencias antes de que SUNAT emita una notificación, subsanando voluntariamente con gradualidad de rebajas.
Un proceso metódico para blindar a tu negocio ante cualquier requerimiento fiscal:
Analizamos la notificación oficial, el tipo de inconsistencia y la fecha límite para evitar vencimientos de plazos.
Revisamos la bancarización, comprobantes electrónicos, guías y registros contables para levantar cada observación.
Redactamos el informe legal-contable y lo ingresamos a través de Mesa de Partes Virtual de SUNAT.
Damos seguimiento hasta obtener el cierre de la esquela sin multas o con la menor contingencia económica posible.
Respuestas técnicas directas formuladas para empresarios y contribuyentes en Arequipa:
El plazo habitual es de 5 a 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación en el Buzón Electrónico SOL. Si no se responde a tiempo, la SUNAT puede imponer una multa por no exhibir documentación y trasladar el caso a una fiscalización definitiva.
Generalmente ocurre por cruces automáticos de terceros: compras a proveedores considerados "no habidos", discrepancias con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) en tus cuentas bancarias, o diferencias entre los ingresos reportados en tus comprobantes electrónicos y las declaraciones de IGV/Renta.
Sí. Mediante el Régimen de Gradualidad de Sanciones de la SUNAT, si se subsana la omisión de manera voluntaria antes de que surta efecto la notificación formal de la multa, es factible acceder a rebajas de hasta el 95% o 100% de la sanción económica.
Puede agendar una cita directamente por WhatsApp al 994 212 471 o visitarnos en nuestra oficina de Calle Nueva 209 C.C. Los Portales - Oficina 209, Arequipa. Traiga consigo su usuario secundario de Clave SOL o la notificación recibida.
No dejes vencer los plazos. Evaluamos tu contingencia tributaria sin costo inicial y te brindamos una hoja de ruta clara.